El objetivo de este post es aclarar las novedades 2018 que se han producido en la Formación Programada por las Empresas originadas por la entrada en vigor del RD 694/2017, de 3 de julio, en función de las cuales IDEO Formación ha adaptado sus procedimientos y servicios de formación.
- Se permitirá la participación de un trabajador en acciones formativas de más de 8 horas diarias cuando la impartición se concentre en una sola jornada. (Artículo 3.6).
- Las acciones formativas serán consideradas de modalidad de teleformación cuando la parte presencial de la acción formativa sea igual o inferior al 20 por ciento de su duración total. (Artículo 4.1).
- La formación presencial se organizará en grupos de 30 participantes como máximo. En la formación vinculada con certificados de profesionalidad el máximo será 25 de participantes. (Artículo 4.4).
- Las empresas de menos de 50 trabajadores podrán indicar su voluntad de reservar el crédito de formación no dispuesto. A partir del 1 de julio esta información no podrá ser modificada. (Artículo 11.3).
- Las entidades organizadoras deberán indicar si las empresas que formen parte de una agrupación forman parte de una red empresarial o no. En caso afirmativo deberá indicar de qué red forma parte y con qué vinculo. En este caso, las empresas afectadas podrán desarrollar acciones utilizando para su impartición medios propios o recurriendo a su contratación. (Artículo 14.2).
Además, se ha eliminado la siguiente información por no aparecer recogida en el Real Decreto 694/2017:
- Exigencia de cumplimiento de colectivos prioritarios.
- Clasificación de acciones generales y específicas.
- Se eliminan los módulos transversales de 2 a 4 horas dentro de las acciones formativas.